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En la primera parte de este artículo se trató sobre la insuficiencia de las reglas elementales que se enseñan para saber el gas mínimo a partir del cual hay que comenzar el ascenso a superficie imperativamente en cualquier inmersión recreativa. En la segunda, se establecieron las bases teóricas para saber cómo se calcula. En la tercera, se dio al lector una calculadora para conocer el gas necesario a cualquier profundidad de cualquier inmersión recreativa (sin techo) de manera sencilla, directa y cómoda.

En esta cuarta parte del artículo se tratará acerca de las reglas sobre Gas Mínimo en los cursos de buceo recreativo al uso, su análisis, comparación y carencias.

Necesidad de reglas elementales

Todas las empresas de enseñanza de buceo recreativo incluyen en sus manuales unas reglas sencillas o indicaciones para que el buceador sepa con cuánto gas debe ascender. Dicho volumen de gas se da siempre en unidades de presión (bar), legibles en el manómetro del buceador.

Tiene toda la lógica enseñar reglas elementales dado que el sujeto objetivo de estas asociaciones es el nuevo buceador que realiza pocas inmersiones al año, que no piensa en el buceo el resto del tiempo y que aspira a la mayor diversión con la menor complicación posibles.

Se intenta que el buceador no tenga que pensar en nada más que en realizar una multiplicación -y, a veces, ni eso-, persiguiéndose la sencillez máxima, lo cuál es un objetivo muy loable y lógico para los niveles muy iniciales.

Todo esto no se critica sino, por el contrario, se afirma su necesidad.

Requisitos de las reglas elementales

Cualquier regla elemental tendría que tener un mínimo fundamento lógico (entre otras cosas porque sin dicho mínimo fundamento, es raro que funcione nada), además de ser razonablemente válida con carácter general en el rango de posibles casos.

La crítica contenida en este blog es que las reglas al uso más extendidas que las organizaciones de enseñanza trasmiten a sus alumnos no cumplen ni lo uno, ni lo otro. Dicho de otra manera, el problema no es la existencia en sí misma de la regla elemental, ni de las simplificaciones inherentes a la necesidad de sencillez, sino su validez y su justificación conceptual.

Empezando con la validez, se demostrará que las reglas analizadas son disfuncionales porque de ellas se deduce una cantidad de gas, para cualquier inmersión del ámbito recreativo con cualquier botella, que resulta insuficiente en algunos supuestos o excesiva en otros (aunque en este caso sea a favor de seguridad). Y no es que haya excepciones a su buen funcionamiento, sino que los casos en que se aproximan a lo que debiera ser (es decir, al cálculo teórico del Gas Mínimo Recreativo con una capacidad de botella y profundidad dadas) son la excepción.

Rango en el que deben poder ser aplicadas

El lector podría pensar que las reglas que se enseñan en los cursos básicos están pensadas para ser aplicadas en los rangos de profundidad que los límites que las organizaciones de enseñanza determinan para las formaciones básicas de los buceadores (18 m, 20 m, 25 m o, incluso, 30 m) y que son válidas en dichos rangos. Esto no sólo no es cierto, como se demostrará pormenorizadamente, sino que el Autor llama la atención sobre el hecho de que un carné de OWD habilita en España para bajar hasta 40 m, por mucho que dichas organizaciones recomienden límites más someros. Y que muchísimos buceadores permanencen acumulando inmersiones (a veces, cientos de ellas) sin trascender esos niveles formativos pero transgrediendo dichos límites (e, incluso, más allá de lo legal).

Por ello, las reglas tendrían que funcionar necesariamente en la totalidad del rango recreativo (hasta 40 m de profundidad y para cualquier botella).

Así mismo, el lector que disfrute afilando un poco más su escepticismo hacia lo que se propone, podría suponer que estas reglas funcionan porque la cantidad de gas que se porta en una botella siempre provocará el ascenso como consecuencia de la necesidad de no contraer obligaciones descompresivas. En lenguaje más coloquial, que se tendrá que subir antes de llegar a la cantidad de Gas Mínimo, para no «entrar en deco».

Esto tampoco es cierto, como se verá. Pero, aunque lo fuera, también se llama la atención sobre que no es una obligación empezar la inmersión con 200 bar en la botella, aunque sea lo habitual. La regla que se considere, no debe tener en cuenta este tipo de razonamientos, que son ajenos al propio concepto de «Gas Mínimo» como cantidad a partir de la cuál se ha de iniciar el ascenso imperativa e independientemente de cualquier circunstancia anterior.

Coherencia de las reglas

Siendo la calidad de su funcionamiento lo fundamental a efectos prácticos, la coherencia del planteamiento de las reglas que actualmente se enseñan es preocupante. ¿Cómo es posible pretender obtener una regla razonablemente precisa y fiable para determinar un Gas Mínimo -aun en un supuesto recreativo- sin tener en cuenta ni la capacidad de la botella que se porta, ni la profundidad desde la que se parte?

Cuando se habla de -por ejemplo- iniciar el ascenso con una determinada presión. ¿Presión de qué botella? ¿y desde qué profundidad? ¿Es lo mismo ascender con una presión dada desde 35 m con una botella de 12 litros que hacerlo desde 20 m de una botella de 18 l? ¿La misma presión para todo?

El lector agumentará que se pueden establecer «reglas» que funcionan porque siempre son superiores a lo requerido. Por ejemplo: «el buceador deberá iniciar el ascenso con 120 bar en la botella«. Con toda seguridad, dicha «regla» sería suficiente en cualquiera de los casos posibles que se pudieran presentar. Pero no hace falta ir muy lejos razonando para entender que una regla debe ser un método sencillo y general para establecer una cantidad de gas razonablemente aproximada a lo real para cada caso. No se trata de establecer un absoluto «tirando por lo alto» y desperdiciando la mayor parte del gas de la inmersión. Eso no es una regla, es matar moscas a cañonazos de manera burda. (Si al lector le parece este ejemplo una exageración deformada, se le sugiere que considere los resultados que a continuación se presentarán de la «regla de salir con 50 bar». No están tan lejos de esta caricatura).

Análisis de las reglas sobre Gas Mínimo en los cursos de buceo al uso

Objeto

A continuación, se analizarán las reglas elementales que actualmente se incluyen en los manuales de enseñanza recreativos.

Antes de ello, es necesario aclarar que cualquier «regla» consistente en establecer la presión con la que hay que llegar a superficie no debiera ser analizada siquiera puesto que no tiene el menor sentido, por las razones referidas en la anterior entrada titulada: «Primera parte: EL MITO DE SALIR CON 50 bar Y OTROS DESATINOS«. Sin embargo, haremos el esfuerzo mental de considerarlas.

Y no sólo existe la «regla» de tener que llegar a superficie con 50 bar, sino que una conocida organización de enseñanza promueve una regla parecida consistente en la obligación de estar en seco con 35 bar, quizá argumentando que los manómetros pierden precisión por debajo de esa cantidad y que uno no puede fiarse de lo que lee. Sin embargo, la objeción es la misma que con los 50 bar: no sirve de gran cosa una regla que indica la presión a la que hay que sacar la cabeza del agua pero no la presión a la que se debe empezar el ascenso. Por otro lado, si se inicia el ascenso a una presión a la que se considere que la precisión que marca el manómentro no es objetable (superior a esos 35 ó 45 bar), importa poco que en el peor de los supuestos el manómentro pierda precisión en los últimos momentos, ya que podremos estar seguros de que la cantidad de gas con la que iniciamos el ascenso es suficiente para que el buceador y su compañero emerjan con seguridad, marque lo que marque el manómetro al final.

Aclarado lo cuál, las reglas que vamos a analizar a continuación son las siguientes:

  • REGLA «A» – Emerger en superficie con 50 bar. (?)
  • REGLA «B» – Iniciar el ascenso con 50 bar.
  • REGLA «C» – Iniciar el ascenso con 1/3 de la capacidad máx. de la botella (en bar). (200 bar /3 = 67 bar).
  • REGLA «D» – Aplicar un ratio de 7 bar por cada 3 m de profundidad a la que se está.

Recalcamos que todas ellas obvian la capacidad de la botella, por lo que no se podrá saber qué cantidad de gas (litros, gramos o moles) tendrá cada unidad de presión (bar) que se deduzca de estas reglas. Lo cuál es notable si pensamos que una botella de 18 litros tiene 80% más de capacidad que una de 10 litros, empleándose ambas en el ámbito recreativo. Para TODAS estas reglas, es lo mismo.

Premisas de cálculo

En la anterior entrada se ha explicado pormenorizadamente el procedimiento para calcular el «Gas Mínimo» en un supuesto recreativo (sin paradas obligatorias de descompresión) a partir del cuál es imperativo el comienzo del ascenso. No vamos a repetir el procedimiento aquí, sugiriendo que se lea «Segunda parte: BASES PARA EL CÁLCULO DEL GAS MÍNIMO RECREATIVO».

Calcularemos este Gas Mínimo correspondiente a varias profundidades y capacidades de botellas y las compararemos con lo que establecen estas reglas que se enseñan en los cursos, con el objeto de ver si son suficientes, o no.

Para ello, aplicaremos las premisas ESTÁNDAR que típicamente se establecen para el cálculo del Gas Mínimo en cualquier ámbito, si bien es opinión de quien esto escribe que no son nada conservadoras aplicadas al caso recreativo, en contra de lo que pudiera parecer.

El Gas Mínimo se calcula SIEMPRE bajo la premisa de un ascenso donando. Es decir, debe haber suficiente gas para que con él, el buceador y su compañero puedan llegar desde el fondo hasta la superficie en las mismas condiciones de seguridad que en cualquier otra inmersión.

Estableceremos un Consumo Equivalente en Superficie (SCR) estándar de 20 l/min, que con un coeficiente de seguridad de 1,5, lo que nos dará un SCR de emergencia (a emplear en el cálculo porque se supone que subimos donando en situación de estrés) de 30 l/min, también estándar, que es el que se emplea en este tipo de cálculos.

Estos consumos no son nada conservadores y menos para buceadores recreativos que -por definición- suelen tener mayor consumo y más propensión al estrés que un buceador experimentado o que un buceador técnico.

Es necesario aclarar que es un error muy frecuente tomar como consumos base para estas situaciones los consumos obtenidos de manera general a los largo de varias inmersiones (consumo personal) ya que en una situación ligeramente complicada, ya se empiezan a disparar.

Supondremos una inmersión tipo, cuyo ascenso consistirá en:

  • subir desde el fondo hasta la parada de seguridad (lo llamaremos Tramo 1);
  • hacer la parada;
  • subir desde la cota de la parada a superficie (Tramo 2).

Si bien en buceo técnico es habitual la adición de un minuto de fondo para la resolución de problemas, es opinión del Autor de este blog que no debe ser considerado en el ámbito recreativo debido a las siguientes razones: el buceo recreativo no ofrece muchas posibilidades de resolución de problemas catastróficos, por ausencia de redundancia, preparación, conocimiento, equipamiento, etc. Por ello, es aconsejable que, llegados al punto de la presión mínima de ascenso en el caso de cualquiera de los buceadores de la pareja, no se pierda tiempo en iniciar la donación y el ascenso inmediato ante cualquier problema importante. Permanecer más tiempo en el fondo puede resultar contraproducente en este caso. Este tiempo obligaría a una previsión de gas muy significativa y desproporcionada para el sistema de monobotella recreativo. Finalmente, una vez llegado cualquier miembro de la pareja de buceo a su presión de Gas Mínimo, el comienzo del ascenso debe iniciarse sin dilación, juntos y en el lugar adecuado para el mismo, sin acciones adicionales que requieran permanecer más en el fondo.

Tomaremos como velocidad máxima de ascenso en el Tramo 1 (desde fondo hasta la parada) 9 m/min (velocidad estándar recomendada por la mayor parte de las asociaciones de buceo) y de 3 m/min en el Tramo 2 (desde parada a superficie).

Es necesario aclarar que la velocidad de ascenso de 3 m/min desde la parada hasta la superficie, aun siendo recomendada por numerosas organizaciones y el estándar en buceo técnico, es casi inexistente en el buceo recreativo. Dado que lo que regula toda velocidad de ascenso es la disminución de la presión ambiente en función del tiempo, se llama la atención sobre que los últimos 3 y 5 metros suponen una diferencia de presión ambiente del 30 % y del 50 % respectivamente (pasando de 1,3 bar y 1,5 bar a 1 bar en superficie), siendo estos últimos metros precisamente los más delicados del ascenso puesto que son en los que se producen mayor variación de presión en menor distancia.

Estableceremos como parada recomendada 3 minutos a 5 m de profundidad. (Es más verosímil para un buceador recreativo la cota de 5 m que la de 3 m por la dificultad de mantenerse en ella si no es agarrado a un cabo o punto fijo externo. Muchas veces resulta ser una cota obligada por el estado del mar en superficie con oleaje y, además, es una cota más desfavorable a efectos de consumo de gas).

Utilizaremos capacidades de 10, 12, 15 y 18 litros, que son las botellas más habituales en Europa, y también la botella de aluminio llamada S80, con una capacidad vacía de 11,1 litros, profusamente empleada en el mundo de influencia anglosajona.

Consideraremos una presión de carga = 200 bar.

En general, redondearemos al alza las cantidades finales, a favor de seguridad.

Se establece un mínimo de 45 bar ya que los manómetros pierden precisión con el uso, sobre todo por debajo de 35-45 bar. (Se toma el valor más conservador -recomendado por algunas asociaciones- debido a que el buceo recreativo se suele producir con equipos alquilados y muy usados).

Consideraremos casos de ascenso en dos rangos distintos de profundidad:

RANGO FUNDAMENTAL: (18 m – 40 m)
El más relevante será desde 18 m (primer límite recomendado por alguna organización de enseñanza de gran relevancia) hasta el límite recreativo legal en España con monobotella de 40 m (aunque el Autor de este blog considera que el rango de los 40 m debiera estar excluido del ámbito recreativo, por coherencia -Véase la entrada «Escapando por el tejado: EL FUNDAMENTO DEL «BUCEO RECREATIVO». Primera parte: CONCEPTO Y SISTEMA«-).

NIVEL SOMERO: (10 m – 18 m)
También consideraremos un nivel mucho más somero desde 10 m hasta 18 m, pero únicamente para comprobar el comportamiento de las reglas analizadas en ese rango y también evidenciar los casos en que empieza a operar el gas mínimo absoluto de 45 bar, anteriormente mencionado.

Al final de cada caso, se presentará un cuadro resumen de resultados -seguido de unas conclusiones-, con el siguiente código:

El color VERDE representarán los resultados ÓPTIMOS, que coinciden sensiblemente con el cálculo esperado. Desviación dentro del ± 5% s/ Gas Mínimo teórico. Lo ideal sería que cualquiera de los cuadros presentara mayoritariamente este color.

El color AZUL CLARO representará los resultados de gas EXCESIVO a lo esperable. Desviación entre el +5% y el +15% del resultado teórico. Obviamente serán resultados a favor de seguridad pero que desperdician gas de la inmersión.

El color AZUL OSCURO representará los resultados de gas MUY EXCESIVO a lo esperable. Desviación superior al + 15% del resultado teórico. Obviamente también serán resultados a favor de seguridad pero que desperdician mucho gas de la inmersión. Generalmente no tienen sentido ni aportan más seguridad.

El color NARANJA representará los resultados de gas INSUFICIENTE a lo esperable. Desviación entre el -5% y el -15% del resultado teórico.

El color ROJO representará los resultados de gas MUY INSUFICIENTE a lo esperable. Desviación mayor al -15% del resultado teórico. Es una zona peligrosa que debe evitarse.

Resultados y conclusiones

REGLA «A» – Emerger en superficie con 50 bar

Como se ha dicho reiteradamente, esta regla no sólo no tiene en cuenta ni la capacidad de la botella que se porta, ni la profundidad desde la que se parte, sino que ni siquiera indica la presión con la que el buceador deberá iniciar el ascenso. Sólo indica la presión que el buceador deberá tener al sacar la cabeza del agua.

Sea como fuere y dado que «los 50 bar son para el compañero» (afirmación que suele acompañar a esta «regla»), la única manera medianamente coherente de interpretar este -a juicio del Autor- desatino es interpretar que si los 50 bares con los que se debe subir al barco efectivamente estaban destinados para el compañero, el buceador necesitaría otro tanto para ascender. No se justifica que fuera más, ni tampoco menos. Ello llevaría a la inevitable conclusión de que lo que realmente se está proponiendo con esta «regla» es ascender desde cualquier profundidad y con cualquier botella con 100 bares. Porque suponer que el buceador puede hacer un cálculo de su Gas Mínimo (¿cómo?), para añadir posteriormente 50 bar al resultado, es totalmente irreal y carente de sentido.

Resultados:

Conclusiones para esta regla:

Tanto en la zona somera como en la más profunda, como es evidente, el color masivamente predominante es el azul oscuro, lo que quiere decir que esta regla, además de las disfuncionalidades anteriormente expresadas, adolece de una enorme falta de precisión ya que en la mayor parte de los casos los resultados supuestos suponen un enorme desperdicio de gas, llegando en muchos casos hasta más que duplicar lo necesario e, incluso, hasta casi tripicarlo en alguno. Anecdóticamente, sólo se aproxima a lo necesario en las profundidades mayores y con las botellas más pequeñas.

REGLA «B» – Iniciar el ascenso con 50 bar

Resultados:

Conclusiones para esta regla:

En la zona somera (<15 m), la regla se comporta bastante mejor que en la más profunda, especialmente en las botellas más pequeñas. En las de mayor capacidad, la presión obtenida es muy superior a la teórica.

En la zona más profunda (entre 18 m y 40 m), observando el predominio del color rojo (gas insuficiente en más de un 15% al valor teórico), el Autor diría que esta regla no sólo ofrece resultados insuficientes, sino que es hasta peligrosa. Únicamente parece funcionar (color verde) en profundidades intermedias para las botellas de mayor capacidad, de manera puntual.

REGLA «C» – Iniciar el ascenso con 1/3 de la capacidad máx. de la botella (en bar). (200 bar /3 = 67 bar).

Resultados:

Conclusiones para esta regla:

Lógicamente esta regla tiene un comportamiento muy similar a la regla anterior (iniciar el ascenso con 50 bar), desplazando los resultados ya que simplemente se le suman 12 bar (67 – 50 = 12 bar).

Y, de igual manera, ofrece resultados insuficientes para las botellas más pequeñas en las profundidades mayores, añadiendo unos importantes excesos (colores azul claro y azul oscuro) en las cotas más someras y con las botellas de mayor capacidad.

REGLA «D» – Aplicar un ratio de 7 bar por cada 3 m de profundidad

REGLA «D» – Aplicar un ratio de 7 bar por cada 3 m de profundidad

Esta regla tiene la virtud -parcial- de ser la única de las analizadas que tiene en cuenta la profundidad. Algo es algo, aunque se siga sin tener en cuenta la capacidad de la botella.

Resultados:

Conclusiones para esta regla:

En la zona somera (<15 m), la regla se comporta mal, como cabría esperar dada de la influencia que tienen en el cálculo la parada y el tramo final a poca profundidad. El mínimo de 45 bar corrige bastante la desviación. De cualquier manera, se han superpuesto los resultados de cálculo con el mínimo de 45 bar para que se pueda comprobar la precisión de la regla en esos supuestos.

En la zona más profunda (entre 18 m y 40 m) curiosamente, los resultados que más se aproximan a lo teórico (color verde) dividen la tabla verticalmente y no oblícuamente, como las anteriores. Por ello, se podría decir que ofrece resultados razonables para la botella de 12 litros en cotas medias a profundas. A derecha e izquierda de los colores verdes se puede observar una manifiesta insuficiencia de gas para las botellas de menor capacidad (en colores rojos y naranjas) y un exceso para las botellas más grandes (en colores azules claro y oscuro).

De todas las reglas analizadas, ésta es la que mejor se comporta en términos generales, a pesar de sus evidentes desviaciones. Ello era esperable habida cuenta de que es la única que tiene en cuenta al menos una de las dos variables principales que debieran intervenir (la profundidad).

Corolario

Si el lector no está todavía lo suficientemente mareado con tantos datos como para dejar de leer, se ofrece un breve resumen más visual.

Los resultados, expresados gráficamente, se muestran a continuación en una serie de miniaturas en los que se puede apreciar:

La escasez abrumadora del color verde (resultados que coinciden con los cálculos teóricos en ± 5%).

La presencia en varias reglas de amplias zonas en rojo (resultados que son inferiores a los cálculos teóricos en + 15%) de resultados INSUFICIENTES y MUY INSUFICIENTES. Salvo la primera (Regla «A»), que ofrece resultados exagerados, el resto presenta zonas muy extensas en color rojo y naranja, sobre todo en profundidades superiores a 20 m, lo cuál debiera ser preocupante.

La presencia de amplísimas zonas en color azul (resultados que son superiores a los cálculos teóricos en + 15%) , que reflejan resultados de gas excesivo (en algunos casos, casi duplican el teórico).

Se ha incluido una zona «SOMERA» (<15 m) en que el comportamiento de la regla que tiene en cuenta la profundidad (7 bar / 3 m) está distorsionada por la influencia en términos de consumo de la parada y posterior tramo hasta superficie. Sin embargo, la consideración como mínimo absoluto de 45 bar (zonas con fondo gris) corrige esta situación.

En el resto de los casos analizados, en dicho tramo se acentúan todavía más los excesos de gas calculado (se puede afirmar que en cualquier regla debiera ser aplicada sistemáticamente una presión de 45 bar para estas cotas más someras, lo que daría una aproximación mucho mayor en ese rango en prácticamente todos los casos).

REGLA «A» – Emerger en superficie con 50 bar

REGLA «B» – Iniciar el ascenso con 50 bar

REGLA «C» – Iniciar el ascenso con 1/3 de la capacidad máx. de la botella (en bar). (200 bar /3 = 67 bar)

REGLA REGLA «D» – Aplicar un ratio de 7 bar por cada 3 m de profundidad

Por ello, podemos colegir que estas reglas funcionan mal -y algunas muy mal-, no sólo por inadecuación (por exceso o por defecto) a las diferentes situaciones de profundidad y volumen de botella, sino por presentar zonas de gas insuficiente muy extensas algunas de ellas, lo cuál como mínimo debiera ser preocupante.

La reglas de salir fuera del agua con 50 bar, o con 35 bar, quedan descalificadas independientemente de ajustarse o no a lo necesario porque no indican con qué presión hay que iniciar el ascenso y, por tanto, no sirven para gran cosa en la práctica. Para nada, en realidad.

En opinión de quien esto escribe, la enseñanza de este tipo de reglas es útil, pero no debiera excluir a niveles recreativos la enseñanza de cómo se calcula un Gas Mínimo porque porque se evita que el buceador tenga un mínimo criterio sobre el consumo y sobre el porqué de todo esto. No se requieren conocimientos excepcionales que lo justifiquen. La simplificación puede ser comprensible para un OWD novato y poco más … y si funcionara.

En la próxima entrada, el Autor propondrá una regla elemental y muy sencilla válida para prácticamente cualquier profundidad recreativa y cualquier botella. No se la pierda el lector.

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La fábula de la palanca inexistente: EL “GAS MÍNIMO”

Cuarta parte:

LAS REGLAS QUE SE ENSEÑAN EN LOS CURSOS

  1. En muchos comentarios sobre buceo, se definen los diferentes tipos de buceo; Recreativo, Técnico, profesional,….
    Observo con decepción que se minusvalora a los buceadores recreativos frente al resto, y puede darse y se dan numerosísimos casos de buceadores recreativos con mucha experiencia, 30 años o mas buceando en recreativo, porque no apetece tirarse 20minutos de Deco, ni gastar dinero en Trimix, ni ser profesional cuando tengo otro trabajo, etc de razones.
    Un titulo de buceador profesional recien sacado, un Tek con unos meses de bagaje, nunca pueden ser comparados con buceadores recreativos con 20,25,30 años buceando, por poner un ejemplo.

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